Descripción
MODO DE EMPLEO
Pulverizar directamente sobre la planta a una distancia de 30 cm durante las horas de menos sol, asegurándose de que las hojas queden bien impregnadas. Aplicar cada 7 días, con un total de 4-6 aplicaciones, entre febrero y octubre.
APLICACIONES ESPECÍFICAS
- Para el control de insectos, ácaros y hongos en plantas ornamentales, frutales (manzano, peral, ciruelo, melocotón, grosella roja, nogal y cerezo), habas, hortícolas de hoja, coles, viña, tomate, pepino y patata.
- En frutales, para combatir el pulgón, carpocapsa, alternaria, botrytis, monilia y rhizopus.
- En habas, contra pulgón y ácaros tetraníquidos.
- En hortícolas de hoja, contra el pulgón.
- En coles, contra el pulgón, polilla de la col y alternaria.
- En viña, contra ácaros tetraníquidos y mildiu.
- En tomate, contra alternaria y septoria.
- En pepino, contra oídio, enfermedades de raíz y alternaria.
- En patata, contra pulgón y mildiu.
- En plantas ornamentales, contra pulgón, royas, oídio, mildiu y monilia.
COMPOSICIÓN
- 3ml/L Extracto acuoso de Ortiga (Urtica spp 15g/L) aprobada según artículo 23 del reglamento CE 1107/2009 y recogida en el documento SANTE/11809/2016.
CONTIENE
- Excipientes c.s.
TAMAÑO
- 400 ML
PACK
- 6 Unidades/Caja
PRECAUCIONES
- Agitar antes de usar.
- Evitar tratar a pleno sol o en horas de fuerte calor.
- No mezclar con otros productos.
- Mantener fuera del alcanza de los niños.
- No comer, beber ni fumar durante su utilización.
- A fin de evitar riesgos para las personas y el medio ambiente siga las instrucciones de uso.
- NO INGERIR.
Advertencias: Las recomendaciones e información que facilitamos son fruto de amplios y rigurosos estudios y ensayos.
Sin embargo, en la utilización pueden intervenir numerosos factores que escapan a nuestro control (aplicación, climatología, etc.). La empresa garantizada la composición, formulación y contenido. El usuario será responsable de los daños causados (falta eficacia, toxicidad, residuos, etc.) por inobservancia total o parcial de las instrucciones de la etiqueta. Sustancia Básica aprobada según artículo 23 del reglamento CE 1107/2009 y recogida en el documento
SANTE/11809/2016.